Artículo 53. Decreto 08/12.
Comisión de Obras Públicas y Planeamiento Urbano. Corresponde a esta Comisión dictaminar sobre todo asunto relativo a:
a) Aplicación, reglamentación, control y mantenimiento actualizado del Plan de Ordenamiento Territorial Municipal.-
b) Sistema de urbanización, edificación y planes de regulación edilicia.-
c) Construcción de edificios particulares y públicos, los servicios accesorios y las demoliciones.-
d) La apertura, ensanche, construcción, pavimentación y mejoramiento de calles, caminos, plazas, paseos públicos, parques y la delineación y niveles, realización de conservación de cercos, veredas, tapiales y otras mejoras similares.-
e) Código de edificación.-
f) Catastro municipal.-
g) Disponer la prestación de los servicios públicos de barrido, riego, limpieza, alumbrado, provisión de agua, obras sanitarias, desagües pluviales, inspecciones, registro de guías, transporte y todo otro tendiente a satisfacer las necesidades colectivas de carácter social.-
h) Cementerio.-
i) Determinación de las zonas industriales y residenciales del Municipio, imponiendo restricciones y límites al dominio para la mejor urbanización.-
j) Instalación y funcionamiento de tabladas y mataderos.-
k) La instalación, ubicación y funcionamiento de los aparatos anunciadores, altavoces, letreros y demás formas de publicidad.-
l) Seguridad de las edificaciones, calles y paseos municipales.-
m) Señalización de la ciudad.-
n) La protección de los árboles, jardines, parques y demás paseos públicos.-
ñ) Proposición de las expropiaciones que por razones de necesidad pública deban encararse.-
o) Reglamentación y control de los servicios municipales.-
p) Ejecución de obras públicas.-
q) Instalación de abastos, mercados, ferias y demás lugares de acopio y frutos